Serfor

Aprueban Guía para el manejo de fauna silvestre ante derrame de derrame de petróleo

“Guía para el manejo de fauna silvestre ante eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero”

Lima.- El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), organismo adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), aprobó la “Guía para el manejo de fauna silvestre ante eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero”.

Así lo precisa la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D0000258-2022-MIDAGRI-SERFOR publicada hoy en el cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. La norma indica también que se aprobó el Plan de Acción Inmediato y de corto plazo para la atención de la emergencia ambiental en el área geográfica, siendo una meta la “ejecución de mecanismos de coordinación interinstitucional” del Eje 3 Institucional.

Dicho eje 3 se refiere a la implementación adecuada de brigadas para el rescate de fauna marina, de acuerdo con la normatividad vigente y las obligaciones establecidas a la empresa responsable;  la capacitación y fortalecimiento de las brigadas para el rescate de fauna marina esté a cargo de las instituciones competentes y,  habilitación de zonas de refugio para las especies afectadas; cuyas acciones están a cargo del Gobierno Regional de Lima.

En los considerandos de la norma se indica que mediante Resolución Ministerial N° 133-2022-MINAM, se resolvió prorrogar por el plazo de noventa (90) días hábiles, a partir del 2 de junio de 2022, la Declaratoria de Emergencia Ambiental en el área geográfica que comprende la zona marina costera afectada por el derrame de hidrocarburos en la zona de Ventanilla y Ancón.

La Guía para el manejo de fauna silvestre ante eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero”, tiene como objetivo general establecer procedimientos técnicos para el manejo de especímenes de fauna silvestre afectados por eventos de derrame de hidrocarburos en el ámbito marino costero, con énfasis en aves marinas.En el artículo 2 del dispositivo se encarga a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, para que, en coordinación con las demás unidades orgánicas vinculadas, implemente las acciones para la difusión y la correcta aplicación de la referida Guía.

El dispositivo está firmado por Luis Alberto Gonzáles Zúñiga Guzmán  director ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.

Fuente: Andina


Comentarios


Suscríbete a nuestro Newsletter

Recibe nuestro Newsletter diariamente registrándote con tu email y mantente informado con las noticias más relevantes del día.

Suscribirme



También te puede interesar


Mas articulos

Sigue transmision gu db1ca652
Efemerides2 b7a857fb

Podologia2 31a3576a

Champion 5b82154d

Noti2 8e521764

Saul 0daf8099

Banergastronomia 495acf0d

Banner tpd d50a8c05

Cesaropinion 10ceb177 5965d2e9

Publi banner grupo gaceta peru negro 300x400 d76d4f72 29bdede3

Escape 42989b8bSaludable 5fa274c9Pagina c29a18dbRegional a20152bcFamilia e0a9160dVocacion 6ec01671Punto ec62ee0fJne fe996a39


Más leídas - Ancón


Gaceta Ucayalina Radio - Música y Noticias
0:000:00