Derechos resguardados

Nintendo gana demanda en Perú: multan con S/ 294,250 a vendedor no autorizado

Indecopi ordena cese de venta de ropa con diseños Pokémon sin licencia y sanciona

Fuente: Foto AFP

Lima, -La Comisión de Derecho de Autor de Indecopi resolvió en favor de Nintendo en un caso emblemático sobre el uso ilegal de propiedad intelectual en el país. La Resolución N.° 56-2025/CDA-INDECOPI, elaborada a partir de una denuncia presentada en agosto de 2024 por Nintendo of America Inc., concluyó que un ciudadano peruano identificado por las iniciales E. C. V. Y. incurrió en infracciones a los derechos patrimoniales de reproducción, comunicación pública y distribución de personajes protegidos por la franquicia Pokémon.

Según el expediente, el denunciado operaba bajo la marca “Sugoi Clothes” y ofrecía prendas y accesorios con imágenes de personajes como Pikachu, Charmander, Squirtle, Jigglypuff, Snorlax, Bulbasaur, Gengar, Charizard y la clásica Pokébola. Las piezas se comercializaban a través de la página web sugoiclothes.com y redes sociales —Facebook e Instagram—, utilizando comprobantes de pago por Yape y registros de envíos para validar las ventas. 

Detalle tras detalle, Indecopi determinó que hubo 20 actos no autorizados de comunicación pública, 20 de reproducción digital y 15 de distribución de productos. Estas violaciones se consideraron agravadas por la extensión del alcance digital y el uso de plataformas con visibilidad masiva. 

La sanción impuesta asciende a 55 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/ 294,250 al valor de la UIT en 2025 (S/ 5,350 cada una). Además, se ordenó el cese inmediato de la venta, promoción y distribución de los artículos infringentes. El monto puede reducirse en un 25% si el infractor cancela dentro del plazo legal, lo que dejaría la multa en unos S/ 220,687. De lo contrario, entrará en cobro coactivo. 

El denunciado no presentó formalmente sus descargos pese a haber sido debidamente notificado: su única respuesta fue un mensaje informal por WhatsApp, lo que fue considerado insuficiente por la comisión. Además, una audiencia de conciliación de octubre de 2024 no fue atendida por ninguna de las partes. 

Indecopi también desestimó una parte de la demanda de Nintendo: una imagen específica relacionada con Charizard fue declarada como no infractora, al no contener elementos protegidos distintivos. Del mismo modo, rechazó ordenar medidas de bloqueo vía DNS del sitio web mencionado, pues excedía el objeto del proceso. 

Este fallo no solo representa una victoria para Nintendo, sino también un caso que refuerza la protección de la propiedad intelectual digital y física en Perú. Marca un precedente claro frente a la proliferación de ventas digitales que infringen licencias, especialmente mediante plataformas en línea.

Fuentes: Infobae – “Nintendo denunció a peruano que vendía ropa de Pokémon...” (10 de setiembre de 2025); Wapa.pe – “Nintendo demanda a peruano por vender ropa de Pokémon…”; Indecopi, Resolución N.° 56-2025/CDA-INDECOPI.

 
 

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