Política nacional en debate

Congreso declara improcedente pensión vitalicia solicitada por Dina Boluarte

Parlamento afirma no cumplir requisitos legales tras informe técnico especializado.

Lima.- El Congreso de la República declaró improcedente la solicitud de pensión vitalicia formulada por la **expresidenta Dina Ercilia Boluarte Zegarra, tras un informe técnico del Área de Asesoría Laboral que concluyó que no se cumplían los requisitos legales para acceder a este beneficio, informó el Parlamento a través de sus canales oficiales.

La decisión se basa en la evaluación de los criterios establecidos en la Ley 26519, que regula las pensiones vitalicias para quienes han ejercido la presidencia de la República. Ese marco legal reconoce este beneficio solo a expresidentes que hayan sido elegidos por voto popular y que hayan completado el mandato presidencial completo, condiciones que, según el Congreso, Boluarte no cumple

El informe técnico señala tres razones principales para la improcedencia del pedido:

  • No fue elegida por voto popular para ocupar el cargo de presidente.

  • Accedió a la presidencia por sucesión constitucional, tras la vacancia del expresidente Pedro Castillo en octubre de 2025.

  • No completó el mandato presidencial de cinco años que establece la Constitución. 

Boluarte asumió la presidencia el 7 de diciembre de 2022 por sucesión constitucional y fue vacada por incapacidad moral permanente en octubre de 2025, tras un voto mayoritario del Parlamento que aprobó la vacancia. 

La exmandataria presentó la solicitud de pensión vitalicia poco después de dejar el cargo, mediante un oficio dirigido al presidente encargado del Congreso. En esa carta, Boluarte requirió también otros beneficios asociados a la condición de expresidenta, como seguridad personal, asignación de vehículo oficial, combustible y un seguro privado, beneficios contemplados en la misma ley. Sin embargo, el pronunciamiento del Congreso se limitó únicamente a la pensión vitalicia y no resolvió expresamente sobre estos otros pedidos. 

La negativa del Parlamento se apoya en un informe técnico que considera que, dado que la exmandataria no fue elegida para ejercer la presidencia, no se le debe reconocer este beneficio económico previsto para expresidentes que completan su mandato. Este tipo de pensión vitalicia, según la normativa, busca reconocer el servicio completo de quienes fueron elegidos por la ciudadanía y culminaron su periodo de gestión. 

La discusión sobre estos beneficios ha generado debate político, pues algunos analistas sostienen que mientras no exista una regulación específica para los beneficios adicionales más allá de la pensión vitalicia, estos podrían ser evaluados de forma independiente por instancias administrativas del Congreso. No obstante, la resolución del tema central —la pensión vitalicia— quedó definida tras el rechazo del Parlamento. 

La decisión ocurre en un contexto político marcado por la vacancia presidencial de Boluarte y la asunción de José Jerí como presidente de la República tras el fallo del Parlamento por incapacidad moral permanente de la exmandataria. 


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