Elecciones Generales Perú 2026
Multas por no votar en comicios 12 de abril 2026 están fijadas
JNE establece penalidades según distritos y omisión de responsabilidad ciudadana.

Lima.- El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó los montos de las multas electorales para los ciudadanos que no participen en las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026, donde se elegirá al presidente de la República, vicepresidentes, 130 diputados, 60 senadores del Congreso bicameral y cinco representantes ante el Parlamento Andino.
La normativa electoral peruana establece que la votación es obligatoria, por lo que quienes no acudan a emitir su voto y no presenten una justificación válida deberán pagar una sanción económica establecida en función de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) del año, que en 2026 asciende a S/ 5,500.
Según lo informado por el JNE, el monto de la multa por no ejercer el derecho al voto varía según la clasificación socioeconómica del distrito electoral donde se encuentra inscrito el elector. En los distritos de pobreza extrema, la sanción equivale al 0.5% de la UIT, es decir, S/ 27.50. En los distritos catalogados como de pobreza no extrema, la penalidad es el 1% de la UIT (S/ 55.00), mientras que en las jurisdicciones consideradas no pobres se impone una multa del 2% de la UIT, que representa S/ 110.00.
Estas personas pueden, en consecuencia, regularizar su situación pagando la sanción si no asistieron a votar, siempre que cuenten con una justificación aceptada por el organismo electoral conforme a la normativa vigente. El objetivo es asegurar la participación cívica de todos los electores habilitados en el proceso electoral nacional.
Además de la multa por no votar, el JNE también detalló la penalidad para quienes omitan asumir la labor de miembro de mesa de sufragio, una función obligatoria para ciudadanos seleccionados por sorteo. En este caso, la sanción es equivalente al 5% de la UIT, lo que representa S/ 275.00. Esta multa aplica a quienes han sido convocados para integrar la mesa electoral en calidad de titulares o suplentes y no cumplan con su deber sin presentar una causa justificada.
La labor de miembro de mesa es fundamental para el desarrollo ordenado de los comicios, ya que estos ciudadanos se encargan de instalar, supervisar y cerrar las mesas de votación, verificar la identidad de los electores y garantizar el correcto proceso de sufragio. Organizaciones como la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) han advertido que, para garantizar el funcionamiento de todas las mesas, se ha convocado a nueve personas por cada una, entre titulares y suplentes, y que la capacitación para cumplir esta función es obligatoria.
La multa por no cumplir con las responsabilidades de miembro de mesa busca asegurar que todas las mesas de votación estén integradas y operativas desde el inicio de la jornada electoral. Asimismo, esta sanción se suma a la obligación de votar, que es un deber constitucional para los ciudadanos peruanos habilitados.
El marco de sanciones electorales forma parte de un esfuerzo más amplio por parte del JNE y de los organismos electorales para fortalecer la participación ciudadana y asegurar que las elecciones generales se desarrollen con una amplia concurrencia y bajo el respeto de las normas civico-electorales vigentes en el país.
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