Cámara de Comercio

Trabajadores del sector público y privado que trabajen los días feriados por Semana Santa percibirán triple pago

Se basa según el Decreto Legislativo N° 713

Lima.- La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que, según el Decreto Legislativo N° 713 – Ley de Descansos Remunerados, los días  jueves 6 y viernes 7 de abril de Semana Santa son días declarados feriados nacionales, por lo tanto, deben ser pagados íntegramente sin obligación de prestar servicios por parte de los trabajadores públicos y privados.

Así mismo, aquellos  trabajadores del sector privado que acuerden con sus empleadores trabajar el jueves o viernes santo o ambos días, sin descanso sustitutorio, deben percibir por cada feriado una triple remuneración diaria: una por el feriado y otra por el trabajo realizado que se contrapresta con la sobretasa del 100%.

Siguiendo en la misma línea, los que vienen prestando trabajo remoto o teletrabajo, no labora el jueves y viernes santo, tiene derecho a percibir sus remuneraciones sin trabajar. En caso de acordar con su empleador laborar en Semana Santa, sin descanso sustitutorio posterior, también tendrán derecho a percibir “triple” remuneración diaria.

Un dato a recalcar es que los trabajadores que durante el jueves o viernes santo se encuentran gozando de vacaciones, no tienen derecho a remuneración adicional por los referidos feriados.

Fuente: Comercio


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