Garantía mediática

Álvarez asegura que el proyecto no busca atacar ni silenciar a la prensa.

Ernesto Álvarez defiende proyecto: “No queremos confrontación con la prensa nacional”

Fuente: Perú21

Lima. -Después de su vacancia, se ha reavivado el debate público y jurídico sobre si Dina Boluarte tiene derecho a recibir una pensión vitalicia como expresidenta. Según el constitucionalista Alejandro Rospigliosi, consultado por RPP, la Ley N° 26519 establece que los exmandatarios constitucionales tienen derecho a una pensión equivalente al sueldo de un congresista en actividad, lo que actualmente se traduce en aproximadamente S/ 15.600 mensuales.

Rospigliosi explica que, pese a la vacancia de Boluarte, ella sigue calificando para dicho beneficio, siempre que no exista una acusación constitucional en su contra. En el caso de que el Congreso presente una acusación constitucional formalizada, la pensión podría anularse según la misma normativa legal. 

Esta interpretación legal ha generado críticas entre algunos congresistas. El congresista Alejandro Muñante (Renovación Popular) ha propuesto un proyecto de ley para modificar la Ley 26519 e incluir un artículo que excluya de la pensión vitalicia a los expresidentes que hayan sido vacados por el Parlamento, citando el artículo 113 de la Constitución como justificación. Según Muñante, la legislación actual no contempla con claridad estos casos, lo que ha permitido interpretaciones favorables para Boluarte y otros exmandatarios.

Por su parte, la opinión pública también ha planteado cuestionamientos. Algunos sectores consideran que otorgar una pensión vitalicia a una presidenta vacada podría representar un privilegio injustificado para figuras políticas que no cumplieron su mandato completo o que enfrentan acusaciones. En contraste, hay quienes defienden que el derecho está claramente regulado por la ley y que eliminarlo sería retroceder en la estabilidad jurídica de los exmandatarios.

Otro punto clave en el debate es la reciente alza salarial que Boluarte habría tenido como presidenta. Según informan medios como Infobae, su nuevo sueldo podría alcanzar los S/ 35,000, lo que ha puesto en foco la posible relación entre sus ingresos presidenciales y el monto de la pensión vitalicia, aunque la Ley 26519 no vincula directamente estos valores. 

Además, hay voces legales que alertan sobre riesgos futuros. Si bien Boluarte actualmente no tiene una acusación constitucional, eso podría cambiar. Algunos analistas sugieren que, de presentarse cargos formales, la pensión podría suspenderse. Por otro lado, también se ha señalado que hay proyectos para derogar completamente la pensión para expresidentes, especialmente en contextos de alta polarización y reclamo social. 

Para muchos constitucionalistas, el caso de Boluarte es significativo porque pone sobre la mesa una discusión más amplia: ¿qué tan legítimos son estos beneficios para expresidentes en situaciones de vacancia, acusaciones o salidas anticipadas del poder? Además, refleja una tensión entre derechos adquiridos por ley y la percepción social de privilegio político.

En conclusión, aunque Boluarte podría tener técnicamente derecho a una pensión vitalicia bajo la Ley 26519, su futura percepción de ese beneficio depende en gran medida de la evolución legal: si se presenta una acusación constitucional, si el Congreso reforma la ley o si la opinión pública presiona para modificar el régimen de pensiones de exmandatarios.

Fuente: Perú21

 
 

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