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Cambios en pensión de sobrevivencia AFP
La Superintendencia aplazó la fecha de entrada de vigencia de una resolución anterior que iba a aplicarse desde este 1 de julio. ¿Qué medidas se vienen?

Lima.- El pasado 26 de junio, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) publicó la Resolución SBS N° 02261-2025, la cual modifica el plazo de vigencia dispuesto en el Artículo Décimo de la Resolución SBS N° 1565-2025, con respecto a la implementación de las cambios en el reglamento en el Sistema Privado de Pensiones (las AFP).
Se trata de extensos cambios a los textos, que en muchos casos, involucran mejoras para los afiliados, ya sea para mejorar la orientación e información que se les da, detalla el pago de pensiones de sobrevivencia (para beneficiarios de afiliados fallecidos) o los documentos que se deben presentar para recibir estas.
La norma iba a entrar en vigencia este 1 de julio, pero ha sido aplazada para el 1 de noviembre de este mismo año, luego de “lo informado por las AFP y las empresas de seguros, así como por lo evaluado por esta Superintendencia”, puesto que se requiere “contar con un plazo mayor a efectos de realizar los ajustes necesarios en sus sistemas operativos para implementar las referidas modificaciones y mitigar los riesgos asociados”.
La norma original, Resolución SBS N° 1565-2025, señala que el 1 de julio entrarían en vigencia una serie de nuevos cambios al reglamento del Sistema Privado de Pensiones. Sin embargo, se cambió esta vigencia para el 1 de noviembre de 2025.
Por otro lado, se incluye una nueva medida que permitirá que los afiliados o beneficiarios puedan realizar aportes voluntarios a los fondos, con respecto a lo señalado en el artículo 11 en la modalidad de pensión de retiro programado.
Fuente:InfobaePeru
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